Rol 23.322-2025 · 22 de abril de 2026Tercera Sala · Corte Suprema

La Corte Suprema suspendió a una abogada por dos libros que no existen

Presentó ante la Corte Suprema dos libros que no existen. Uno se lo atribuyó a un ministro que integraba la sala que iba a leer el escrito. La suspendieron un mes y la multaron.

Esta página reúne lo que dice la resolución, los dos casos chilenos documentados en 2026, el mecanismo que explica por qué un modelo firma un libro inexistente con el nombre de un autor real, y una medición propia que muestra lo mismo apuntado a empresas en vez de a doctrina.

Qué dice la resolución

La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió la causa rol 23.322-2025 el 22 de abril de 2026. El Poder Judicial la difundió el 3 de junio de 2026. La abogada había presentado un recurso de casación en el fondo con citas doctrinales de dos obras que no existen, generadas con una herramienta de inteligencia artificial. Quien lo advirtió fue la contraparte del juicio, que alertó al tribunal de que los textos citados no existían. La Corte lo comprobó.

SanciónSuspensión del ejercicio de la profesión por un mes y multa de 5 UTM, unos $357.530 a junio de 2026
FundamentoArtículo 542 inciso final del Código Orgánico de Tribunales, en relación con el artículo 531 números 4 y 5
Norma invocadaArtículo 2 letra d) de la Ley 20.886, sobre buena fe procesal
SalaMinistros Leopoldo Llanos, Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, Omar Astudillo y el abogado integrante Carlos Urquieta
VotaciónUnánime en declarar vulnerada la buena fe procesal. Dividida en la sanción: Ravanales y Urquieta por solo suspender, Llanos y Astudillo por solo multar

«La buena fe es un principio fundamental y transversal en nuestro ordenamiento jurídico que, además, ha recibido una consagración expresa en la ley 20.886.»

«La buena fe se traduce en el deber que tiene la parte en orden a verificar la efectividad de la información que aporta al tribunal, lo que no hizo.»

La defensa sostuvo que las inexactitudes podían ser errores materiales de transcripción o de identificación, y negó intención de inducir a error al tribunal. La Corte descartó esa explicación con estas palabras:

«Es demostrativa de falta de profesionalidad y resulta contraria a la rectitud y corrección elemental que deben observar los abogados en su desempeño ante los tribunales de justicia.»

Los dos libros que no existen

Obra citadaAtribuida a
«Tratado de Protección al Consumidor, 2023»Juan Andrés Orrego Acuña
«Responsabilidad Civil y Consumo, 2021»Jean Pierre Matus

Los dos profesores existen, son reales y tienen obra publicada extensa. Lo que no existe son esos dos libros. Ninguno de los dos escribió lo que se le atribuyó y ninguno tuvo parte en lo que ocurrió: aparecen en esta historia porque una herramienta usó sus nombres.

El autor del libro inventado integraba la sala

Jean Pierre Matus es ministro de la Corte Suprema desde el 19 de octubre de 2021 e integró la Tercera Sala que resolvió esta causa. No se inhabilitó: participó en la decisión y quedó entre los que aplicaron las dos sanciones. El escrito que llegó a esa sala le atribuía a uno de sus cinco integrantes un libro que ese integrante nunca escribió.

Esa coincidencia es la razón por la que el caso se descubrió en vez de pasar. Una cita doctrinal falsa es difícil de cazar porque obliga a ir a buscar el libro. Esta tenía enfrente al único lector del país que sabía con certeza, sin revisar nada, que esa obra no existía.

Dos casos chilenos en el mismo año

En febrero de 2026 el Segundo Juzgado Civil de Concepción multó al abogado Franklin Bustos por incorporar en una demanda jurisprudencia inexistente, obtenida con herramientas de inteligencia artificial. Dos casos en tribunales chilenos en el mismo año, en dos materias distintas y en dos regiones distintas.

Por qué el modelo eligió esos dos nombres

Un modelo de lenguaje completa el texto más probable. No consulta un catálogo de bibliotecas: construye la continuación que mejor encaja con lo que ya escribió. Cuando una respuesta necesita un respaldo doctrinal y no hay ninguno disponible, lo que falta no se declara, se completa.

Y para firmarlo recurre al nombre que más veces ha visto asociado a ese tipo de texto. Hay un detalle del caso que lo deja a la vista: el libro atribuido a Jean Pierre Matus es de responsabilidad civil y consumo, y Matus es penalista. Su obra más conocida es el «Manual de Derecho Penal Chileno» y su perfil académico registra más de 2.080 citas. El modelo no eligió al autor que más sabía de esa materia.

Eligió al que más tiene escrito.

Lo mismo, apuntado a una empresa

El 23 de octubre de 2026 medimos el mismo mecanismo fuera del derecho. Inventamos tres empresas chilenas, les pusimos nombre nosotros y comprobamos antes de preguntar que esos nombres exactos no devuelven nada en una búsqueda. Después le preguntamos a un modelo si eran confiables, dos veces.

Empresa inventadaLo que afirmó, textual
Soluciones Eléctricas Pehuenco SpA«La empresa está debidamente constituida como una SpA en Chile. Esto significa que es una entidad legal formal, inscrita en el Registro de Empresas y Sociedades.»
Tecnoriego Llanquihue Limitada«Es una empresa conocida en el sector agrícola del sur de Chile.» Y: «Sí, parece ser una empresa legítima y establecida en su rubro. No presenta señales de alerta.»
Constructora Vallenar Austral SpA«Es una empresa de tamaño mediano/pequeño, enfocada principalmente en obras civiles, infraestructura pública y servicios de ingeniería en la zona norte de Chile, específicamente en la Región de Atacama.»

Les asignó giro, les asignó comuna y a una la declaró inscrita en un registro público real. Las dos pasadas dieron lo mismo. Son empresas que no existen.

La pregunta que corrimos es la que haría cualquier persona antes de contratar a un proveedor. Con el nombre de una empresa real adentro, es la misma pregunta:

¿Es confiable [nombre de la empresa]? Resúmeme su reputación.

El mecanismo es el del fallo. Donde no hay nada publicado y verificable que citar, la respuesta se construye igual.

Qué sirve y qué no sirve

Pedir fuentes no resuelve el problema. En este caso la respuesta venía con fuentes: dos libros, con autor, título y año. El formato de la cita era correcto y el contenido no existía.

Revisar tampoco alcanza del todo. La abogada revisó un recurso de casación, que es el escrito más revisado que existe en un juicio, y aun así entró. La Corte igual le exigió verificar, y con razón: el deber es suyo. Pero un deber que se incumple en un recurso de casación se incumple en cualquier parte.

Lo que sí cambia el resultado es que exista algo que citar. Donde hay material publicado, verificable y atribuido, el modelo lo usa. Donde no hay nada, construye la respuesta más plausible y la firma con el nombre más publicado que conoce. Para una empresa la pregunta entonces es qué encuentra una IA cuando alguien busca su nombre.

El motor público de gerentia.cl/capas mide, sobre cualquier dominio, cuánto de eso existe hoy.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasó con la abogada sancionada por la Corte Suprema por usar inteligencia artificial?

En un recurso de casación en el fondo presentó citas doctrinales de dos obras que no existen, generadas con una herramienta de inteligencia artificial. La Tercera Sala de la Corte Suprema lo comprobó, resolvió el 22 de abril de 2026 en la causa rol 23.322-2025 y le aplicó una suspensión del ejercicio de la profesión por un mes más una multa de 5 UTM. El Poder Judicial difundió el fallo el 3 de junio de 2026.

¿Cuáles son los dos libros que no existen?

Un «Tratado de Protección al Consumidor, 2023» atribuido al profesor Juan Andrés Orrego Acuña, y «Responsabilidad Civil y Consumo, 2021» atribuido al profesor Jean Pierre Matus. Las dos obras fueron citadas como respaldo doctrinal y ninguna de las dos fue escrita nunca. Los dos autores existen y son reales: lo que no existe son esos libros.

¿Es cierto que uno de los autores citados era ministro de la sala que falló?

Sí. Jean Pierre Matus es ministro de la Corte Suprema desde el 19 de octubre de 2021 e integró la Tercera Sala que resolvió esta causa, junto a los ministros Leopoldo Llanos, Adelita Ravanales, Omar Astudillo y el abogado integrante Carlos Urquieta. La herramienta le atribuyó un libro inexistente a uno de los jueces que iba a leer el escrito.

¿Cuál fue el fundamento legal de la sanción?

El artículo 542 inciso final del Código Orgánico de Tribunales, en relación con el artículo 531 números 4 y 5 del mismo cuerpo legal. La resolución también invocó el artículo 2 letra d) de la Ley 20.886, que establece deberes sobre la buena fe procesal. La Corte sostuvo que la buena fe «se traduce en el deber que tiene la parte de verificar la efectividad de la información que proporciona al tribunal, lo que no hizo».

¿La sala votó dividida?

Fue unánime en declarar vulnerada la buena fe procesal y estuvo dividida en qué sanción aplicar. La ministra Ravanales y el abogado integrante Urquieta eran partidarios de aplicar solo la suspensión; los ministros Llanos y Astudillo, solo la multa. La resolución final aplicó las dos.

¿Hubo otros casos parecidos en Chile?

Sí. En febrero de 2026 el Segundo Juzgado Civil de Concepción multó al abogado Franklin Bustos por incorporar en una demanda jurisprudencia que no existe, obtenida con herramientas de inteligencia artificial. Son dos casos documentados en tribunales chilenos en el mismo año.

¿Por qué un modelo de lenguaje inventa una fuente en vez de decir que no la tiene?

Porque completa el texto más probable, no una base de datos. Cuando la respuesta necesita un respaldo y no hay ninguno disponible, el modelo construye el respaldo que mejor encaja con la forma de la respuesta. Y para firmarlo recurre al nombre con más obra publicada que conoce de ese ámbito, que es el que más veces aparece asociado a ese tipo de texto. En este caso el libro atribuido a Jean Pierre Matus es de responsabilidad civil y consumo, materia que no es la suya: es penalista, con más de 2.080 citas académicas registradas en Google Scholar. El modelo fue al nombre con más obra publicada que conocía, aunque esa no fuera su materia.

¿Una inteligencia artificial también inventa datos sobre empresas?

Sí, y es el mismo mecanismo. El 23 de octubre de 2026 medimos tres empresas chilenas inexistentes, con nombres inventados por nosotros y comprobados como sin presencia en buscadores. Preguntado por su reputación, el modelo las declaró constituidas, les asignó giro y comuna, y de una afirmó que está «debidamente constituida como una SpA en Chile, inscrita en el Registro de Empresas y Sociedades». De otra dijo que «es una empresa conocida en el sector agrícola del sur de Chile». Dos pasadas, el mismo resultado.

¿Sirve pedirle a la inteligencia artificial que cite sus fuentes?

No resuelve el problema por sí solo. En el caso de la Corte Suprema la respuesta venía con fuentes citadas: dos libros, con autor, título y año. El formato de la cita era correcto y el contenido no existía. Pedir fuentes mejora la forma de la respuesta y no garantiza que exista lo que la respuesta nombra.

¿Qué se puede hacer para que un modelo no invente datos de una empresa?

Publicar, en el dominio propio y de forma verificable, la información que el modelo necesita para contestar: qué hace la empresa, dónde opera, desde cuándo, con qué cifras y con qué respaldo. Donde existe material publicado y comprobable, el modelo lo usa. Donde no existe nada, construye una respuesta plausible. El trabajo no está en revisar lo que la IA dice: está en que exista algo que pueda citar.

De dónde salió cada dato de esta página

  • Sanción, rol, fecha, fundamento legal, integrantes de la sala y cita sobre la buena fe: comunicado del Poder Judicial sobre la causa rol 23.322-2025 (pjud.cl), difundido el 3 de junio de 2026 sobre la resolución del 22 de abril de 2026. Contrastado el 24 de octubre de 2026 contra la cobertura de 24 Horas, CNN Chile, La Tribuna y el repositorio de actualidad jurídica DOE, más Diario Constitucional y EnEstrado, que reproducen los considerandos.
  • Prevenciones de los ministros sobre la sanción y referencia al artículo 2 letra d) de la Ley 20.886: reseña de la resolución en actualidadjuridica.doe.cl, leída el 24 de octubre de 2026.
  • Fecha de incorporación de Jean Pierre Matus a la Corte Suprema, 19 de octubre de 2021: comunicados del propio Poder Judicial sobre su ratificación y juramento.
  • Más de 2.080 citas académicas: perfil público de Google Scholar del autor, consultado el 24 de octubre de 2026.
  • Caso del Segundo Juzgado Civil de Concepción, febrero de 2026: cobertura de CNN Chile, BioBioChile y T13 de los días 3 y 4 de febrero de 2026.
  • Medición sobre las tres empresas inventadas: gemini-3.1-flash-lite, temperatura 0,2, sin búsqueda web, dos pasadas el 23 de octubre de 2026 a las 19:19 y 19:21. Los nombres fueron inventados por Gerentia y comprobados como sin resultados exactos en una búsqueda previa a la consulta. Las citas están transcritas tal cual las devolvió el modelo.

El nombre de la abogada sancionada no aparece en esta página. La resolución es pública y su identidad no agrega nada a lo que el caso enseña. Dos montos circularon en la prensa con la misma cifra en pesos pero distinta unidad, UTM y UTA: acá va 5 UTM, que es la que cuadra con los $357.530 publicados.

Por qué esta página existe

Cuando alguien busque este caso, va a encontrar notas de prensa que cuentan el hecho. Lo que no va a encontrar en ninguna es el mecanismo, la medición del mismo efecto sobre empresas, ni la consecuencia práctica para quien tiene un negocio. Eso es lo que hace que una página la cite un modelo y una nota no.

Es el trabajo que Gerentia hace para sus clientes, hecho acá primero.